La transparencia se resume en que toda información es
pública, sólo por excepción expresa se reserva información y se protegerán los
datos personales. Lo demás, son recursos para garantizar y hacer efectivo este
derecho humano, o bien, para bloquearlo, negarlo.
El pasado 8 de septiembre, el Congreso local hizo ajustes a la Ley de Transparencia e Información y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, vigente desde el 9 de agosto de 2013, con
base en la Ley General de Transparencia a Información Pública. ¿Por qué?, por
disposición de la propia Ley General.
Dicha armonización, siguiendo el principio constitucional
de "principios y bases" en materia de acceso a la información no
pasaría de cuestiones de forma, y una que otra de fondo, como ampliar la
concepción de sujetos obligados al incorporar en éstos a quienes realicen
"actos de autoridad", y no solo que reciban, administren o ejerzan
recursos públicos.
En Jalisco se buscó ir más allá, también bajo el
principio de "progresividad" en materia de derecho humanos. Para
ello, se incorporaron propuestas, provenientes de foros abiertos, de propuestas
públicas, que volverían a Jalisco a la vanguardia. Sin embargo, la "mano
de última hora", ocultando su identidad y por ende responsabilidad, hizo
llegar observaciones a través de terceros que sirvieron de comparsas para
contener los avances e incluso poner en entredicho principios en la garantía,
protección y ejercicio del derecho a la información. Por ignorancia o cinismo,
pregonan como avances lo que por la Ley General ya es obligación. La Ley General es supletoria de lo local (Artículo 1), con o sin armonización.
¿Qué se hizo, pues? Una reforma desde los intereses de
los sujetos obligados, no desde los soberanos de este derecho. ¿Avanzamos? No,
ni en la forma ni en el fondo, pues se incorporaron recursos legales para negar
e impedir la construcción de gobiernos abiertos, transparentes, para garantizar
un derecho fundamental de manera progresiva.
¿Qué sigue? Que el Instituto de Transparencia eInformación Pública (ITEI), como órgano garante, explique qué hicieron los
diputados y el Ejecutivo, evalúe interponer recursos jurídicos, como una acción
de inconstitucionalidad o promover las correcciones necesarias, de lo contrario
se convertirá en el órgano sepulturero del derecho a la información.
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