Libertad y derecho a la información


El derecho a la información se comprende y circunscribe en el marco de la libertad; sin esta, cualquier mecanismo e instrumento para garantizarlo, hará de él un derecho domesticado. La libertad, pues, es un prerrequisito para el ejercicio del derecho de acceso a la información, desde el cual habrá que observar, seguir, evaluar todo proceso de armonización y mejora de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios que aún está en curso, ahora en manos del Poder Ejecutivo.

En sentido estricto, las llamadas leyes de transparencia son leyes de acceso a la información; la transparencia es, o mejor dicho, debe ser el resultado del respeto, promoción, garantía del mismo por parte de los sujetos obligados a las normas. En otras palabras, la ley no hace ni está para hacer transparentes gobiernos y a quienes ejerzan actos de autoridad; la transparencia es efecto, que supone, además de cumplir con la ley, un compromiso y voluntad pública de estar sometidos a la observación y escrutinio público de los actos de autoridad y del ejercicio del poder público; además, la transparencia, como cualidad dicho ejercicio conferido y confiado, debe ser el reconocimiento del soberano, del mandante, no del mandatario. Gobierno que se diga transparente, es tan absurdo como aquel que se autoelogia.

Ahora bien, si la libertad es prerrequisito para el ejercicio del derecho a la información y estamos ante un derecho fundamental, la construcción y validación (no me refiero a la aprobación y sanción jurídico-legislativa) de instrumentos jurídicos para ello, como ahora la armonización y mejora de la llamada “ley de transparencia” (que debería ser “Ley de Acceso a la Información para la Transparencia”) tiene que estar en manos de los depositarios originarios de dicho derecho, no de los sujetos obligados.

Cuando la confección y validación de una norma de esta naturaleza queda en manos exclusivas de sujetos obligados, el resultado lo tenemos a la vista: el obligado regula, domestica, administra derechos fundamentales, derechos humanos desde sus intereses, desde el poder público. Las leyes de acceso a la información son herramientas de los depositarios de este derecho para su ejercicio libre, no instrumentos del poder desde el poder y para el poder.

La armonización y mejora de la ley de Jalisco no ha concluido, ni está por concluir.
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