Auto-regulación de medios


Diez y ocho años después en que el poder propusiera la autorregulación de medios, ahora, por ley, el Presidente Enrique Peña Nieto lo hace a través de su iniciativa de ley reglamentaria en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, estableciendo como obligatorio que los concesionarios tengan un defensor de audiencia y un código de ética. Con ello, la autorregulación dejará en origen ser autorregulación.

Ernesto Zedillo, el 7 de junio de 1996, Día de la Ignominiosa Libertad de Prensa en México, al entregar el Premio Nacional de Periodismo e Información fue más sensato: “no es el poder público quien debe fijar reglas de ética y de responsabilidad profesional a los medios. Considero que son los propios medios, individualmente o mejor aún, como un colectivo quienes deben determinar su autorregulación de cara a los más altos intereses de la sociedad y en beneficio de su calidad como instrumentos de la opinión pública” (URL: http://goo.gl/3QfJvk).

Peña Nieto, ahora, en su iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (URL: http://goo.gl/tAQsEg), en el capítulo sobre “De los derechos de audiencia” (artículos 257 y siguientes), plantea principios, establece que “la promoción y defensa” de los derechos “deberán estar en el contenido de los Códigos de Ética de los concesionarios de radiodifusión o de televisión o audios restringidos” (¡Tómala!); y establece que “los concesionarios que presten servicio de radiodifusión deberán contar con una defensoría de audiencia, que podrá ser del mismo concesionario, conjunta entre varios concesionarios o a través de organismos de representación” (Otra vez, ¡tómala!).

De proceder por ley un mecanismo de autorregulación, éste queda desnaturalizado, pues una norma legal es de suyo heterónoma que se acepta para garantizar y promover la convivencia; un mecanismo autónomo (defensor de audiencia, de lector, códigos de ética, libros de estilo, etc.), tienen su fuerza no en la ley, sino en el compromiso autónomo y público de quien se transparenta y se somete a la observación pública con base en principios éticos y mecanismos que enaltecen y dignifican el servicio-profesión. Una concesión pública, podría por ley obligarse a desarrollar mecanismos, pero la privada no. Observar la ley es una obligación ética, pero que la ley establezca compromisos éticos, es en de suyo una contradicción que desnaturaliza.


Twitter: @jrubenalonsog
Fuente: Milenio Jalisco 5 de mayo de  2014

URL: http://www.milenio.com/firmas/ruben_alonso/Auto-regulacion-medios_18_293550706.html
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