Derecho de réplica: ¿para cuándo?


El 13 de diciembre de 2007, al Congreso de la Unión se le venció el plazo para dictaminar y aprobar una ley reglamentaria del derecho de réplica que incorporaron en el artículo 6° de la Constitución en el marco de la reforma electoral de aquel año. Hoy, seis años y cinco meses después, cuando está por dictaminarse y aprobarse la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (que hace referencia a dicho derecho), el tema está relegado.

De 2007 a  diciembre de 2013, la Cámara de Diputados tiene registradas catorce iniciativas para reglamentar el derecho de réplica. Los diputados podrán decir que ya hicieron su parte, pues el 5 de diciembre de 2013 aprobaron el dictamen para expedir Ley Reglamentaria del Artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Derecho de Réplica, y se lo turnaron al Senado, donde “duerme” en algún archivo.

El dictamen define el derecho de réplica (dictamen en: http://goo.gl/z4JCvh) como el “derecho de toda persona a que sean publicadas o difundidas las aclaraciones que resulten pertinentes, respecto de datos o informaciones transmitidas o publicadas por los sujetos obligados [medios y actores de comunicación] relacionados con hechos que le aludan, que sean inexactos o falsos, cuya divulgación le cause un agravio ya sea político, económico, en su honor, vida privada y/o imagen”.

Este dictamen no fue aprobado por unanimidad. De 463 diputados presentes el 5 de diciembre de 2013, votaron a favor 354, cien en contra, nueve abstenciones y dos legisladores presentes no votaron (ni para abstenerse).

El punto clave, como en todas las iniciativas presentadas, es determinar ante qué autoridad ejercer el derecho de réplica: Gobernación, un tribunal jurisdiccional  o un órgano especializado existente. El dictamen aprobado establece que sea un tribunal, con lo que para los críticos lleva garantía de dicho derecho a un entramado judicial, conculcando en la práctica su ejercicio, pues sólo estarían en condiciones de ejercerlo quienes tengan los recursos e instrumentos para reclamarlo.

¿Saldrá el dictamen en el Senado? Lo dudo, pues además deberían tomar por los cuernos la ley más anacrónica y preconstitucional en materia de comunicación: la Ley sobre Delitos de Imprenta, vigente desde el 13 de abril de 1917; aunque usted no lo crea.

Twitter: @jrubenalonsog
Fuente: Milenio Jalisco 12 de mayo de  2014

URL: http://www.milenio.com/firmas/ruben_alonso/Derecho-replica_18_297750271.html
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