Del 13 noviembrede 2007 al 7 de febrero de 2014, los artículos 6° y 7° de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos han sido reformados de manera
sustantiva en materia de libertad, la cual se ha precisado y ensanchado,
incorporando derechos inherentes a la misma como el derecho de réplica, ampliar
la comprensión de la libertad de imprenta a libertad de difusión, y precisar el
derecho de acceso a la información pública gubernamental.
Estamos ante lo
que desde el 10 de junio 2011 se comprende como "Derechos Humanos y sus
Garantías" reconocidas para su garantía, expansión, promoción, en lo que
entendemos es el texto fundamental de nuestra nación mexicana. Sin embargo, lo
ahí establecido corre la misma suerte que el "derecho a la
información", incorporado el 6 de diciembre de 1977, al quedar en simple declaratoria
durante 30 años, hasta el 20 de julio de 2007, cuando se incorporaron los principios
y bases del "derecho de acceso a la información".
Derecho de
réplica. Incorporado en el marco de una reforma político-electoral en el 6°
Constitucional el 13 el noviembre de 2007, y aún no ve la luz la ley
reglamentaria respectiva; o sea, letra muerta.
Libertad de
difusión. El 11 de junio de 2013 se reformó el artículo 7° Constitucional,
intocado desde el Constituyente de 1917, aunque éste reprodujo sustancialmente lo
establecido en la Constitución de 1857. Pasamos de la libertad de imprenta a la
"libertad de difusión"; se ensanchó el derecho. Es fecha que
mantenemos una Ley sobre Delitos de Imprenta, ¡reglamentaria del 6° y 7°
Constitucional de 1917!
Acceso a la
información. El pasado sábado 7 de febrero se venció el plazo para que el Congreso
de la Unión aprobara una Ley General de Transparencia, y otras normas
vinculadas. ¿Qué sucedió? Nada. Bueno, sí; el Ejecutivo federal a través de los
legisladores del PRI, expuso 80 observaciones a la iniciativa de decreto presentada
en diciembre del año pasado.
Legisladores
argumentan que no desean sacar leyes sin consensos. Claro, eso es fundamental.
Pero si lo dejan todo para el final, a última hora, pues los consensos no se
dan. No hay que olvidar que los plazos establecidos en la Constitución para
normar lo ahí establecido los pusieron ellos; y por ende, quienes los
incumplen, son ellos.
Legisladores,
bien pagados, irresponsables que conculcan el ejercicio de libertades.
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