Los nuevos IFAI e IFE


El pasado miércoles 22 de enero, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, sumando 18 votos de Congresos locales a favor de 21 posibles, realizó la declaratoria formal de las reformas constitucionales en materia político-electoral, con la que se transforma el actual IFE en Instituto Nacional Electoral (INE), así como la reforma constitucional en materia de transparencia-acceso a la información, con la que entre otras cosas, se otorga autonomía constitucional y más facultades al actual IFAI. Ahora, lo que falta para su entrada en vigor es que el Ejecutivo federal (el presidente Enrique Peña Nieto) las publique en el Diario Oficial dela Federación, el Congreso de la Unión elabore las leyes secundarias respectivas y los Estados hagan las adecuaciones respectivas.

Las dos reformas tienen algo en común que fijará la atención voraz de los grupos políticos y en donde las buenas intenciones se pervierten, se trastornan y se corrompen: implican un proceso de renovación de dichos órganos constitucionales.

Las minutas de reforma electoral, aprobadas, se pueden consultar en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados (político-electoral en http://goo.gl/OBGUrS; transparencia en http://goo.gl/JeFYcL.

Los actuales IFE e IFAI, órganos relativamente jóvenes en nuestra historia democrática (más el IFAI que el IFE) cargan con el descrédito, desde el manejo de recursos públicos como por su actuar en sus competencias. Esto ha dado pie a que los legisladores, aprovechando las reformas, hayan provocado un proceso de purga, donde todos sus integrantes, consejeros y comisionados, quedan en la misma situación.

Otro elemento común en estas reformas es el fortalecer la tendencia a centralizar funciones. Con las nuevas facultades, el próximo INE podrá (mediante convenios) organizar y conducir elecciones locales, pero de manera ordinaria y exclusiva, entre otras cosas, definirá la geografía electoral, así como la ubicación de casillas y designación de los funcionarios de sus mesas directivas; en tanto, por lo que toca al nuevo IFAI, podrá conocer de resoluciones de los órganos locales en materia de acceso a la información, como primera (de oficio o si lo pide un órgano local por interés o trascendencia) o segunda instancia (si un particular se inconforma por lo resuelto en un órgano local). Sus resoluciones serán vinculatorias, definitivas e inatacables.

¿Qué dice y qué hará (dejaremos que haga) nuestro Congreso local ahora?

Twitter: @jrubenalonsog
Fuente: Milenio Jalisco 27 de enero de  2014

URL: http://www.milenio.com/firmas/ruben_alonso/nuevos-IFAI-IFE_18_234756583.html
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