El reconocimiento del derecho a la información a través de
leyes secundarias se dio en México a través de un proceso inverso al registrado
en materia de derechos humanos y derechos electorales. Mientras el primero
surge desde los estados, imprimiendo una dinámica imparable, aunque asimétrica,
los otros dos derechos vino del centro y se reprodujo en las entidades
federativas. Ahora, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública
(IFAI), impulsa una homogenización de leyes estatales en materia de derecho a
la información a través de una “ley de referencia”, con base en la reciente
reforma-adición al artículo 6° Constitucional, que pone los mínimos en la
vertiente “acceso a la información pública” gubernamental.
¿Qué debe hacer Jalisco? ¿Esperarse a contar con la “ley de
referencia”?
Al tratarse de un derecho fundamental, que en leyes
estatales es desarrollado de manera asimétrica, el sentido común nos diría que
es prudente esperar esa “ley de referencia” para adecuar la local.
Pero resulta que la realidad no es tan común como aparenta,
y Jalisco frente al espectro nacional de “leyes de transparencia”, cuenta con
una ley más desarrollada, que incluso no constriñe el derecho a la información
a su vertiente “acceso”.
Jalisco cuenta con un marco jurídico no sólo de avanzada,
sino que llamaría extremo. ¿Qué legislatura cuenta con un órgano de
transparencia autónomo con la facultad de emitir resoluciones definitivas,
inatacables y vinculantes en materia de derecho a la información?, ¿qué ley
estatal, e incluso la federal, incluye un espectro amplísimo de “información
fundamental” (en otras leyes llamada “información de oficio”)?
Jalisco, con su ley, considero, no requiere esperar la luz
que otros están descubriendo, y que en Jalisco ya es clara en materia de
derecho a la información.
Incluso, la iniciativa que envió el Ejecutivo al Congreso
local el pasado 8 de junio para “ajustar” la ley, se hizo tomando como
referencia la reforma-adición al artículo 6° Constitucional que los diputados
locales ya aprobaron. Lo único que falta es desarrollar una Ley de Protección
de Datos Personales con base en lo que ya se cuenta en el Código Civil desde
2004 en lo referente a “información personal”.
Jalisco frente a la federación y los estados lleva pasos
adelante en desarrollo jurídico sobre derecho a la información. ¿Quién debe
espera a quién?, o ¿quién debe alcanzar a quién?
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