A partir de los 90’s, con un reclamo y participación activa de organizaciones ciudadanas que desbordaban a las instituciones públicas por su incapacidad de hacer lo que les corresponde, desde la conducción de procesos electorales, el respeto y promoción de derechos humanos, hasta garantizar el derecho a la información a comienzos del siglo XX, se han creado instituciones “ciudadanizadas”, pero atentando contra las instituciones que las generan, la naturaleza de lo ciudadano y la finalidad de las mismas.
En estos tres temas sustantivos para un estado democrático como la renovación de poderes a través de procesos electorales, el actuar del Estado respetando los derechos humanos y el garantizar el acceso a la información para participación ciudadana y rendición de cuentas, tanto el Ejecutivo como el Legislativo han sido “despojados” y se han “despojado” por su ineficacia e ineficiencia, por la perversión en que los han manejado subordinados a intereses de grupos y poderes fácticos ajenos. Y ahora, olímpicamente ya no responden por ello, pues con órganos incluso de carácter constitucional, su responsabilidad se la han dejado a otros bajo el pretexto de que son “ciudadanos” o “ciudadanizados”. El siguiente paso, con esta lógica, estará en los órganos de fiscalización.
El caso del ITEI en Jalisco es emblemático: se concibe como órgano constitucional ciudadano y/o ciudadanizado en su origen (al no buscar funcionarios públicos que lo integren, ¡pero se convierten en tales en cuanto forman parte de él!), se construye a base de propuestas de ciudadanos y organizaciones ciudadanas, para supuestamente enfatizar que aún siendo órgano de estado tiene un carácter ciudadano al estar del lado de éste frente al poder público. Ahora, ¡se ha creado un órgano consultivo “ciudadano” para observar y trabajar con el “órgano ciudadano” de la transparencia! Lo absurdo y contradictorio llevado a ley: vigilar al vigilante; observar al observador.
Y ahí está la trampa ciudadana: institucionalizamos el actuar ciudadano, sometiéndolo a una norma, a facultades, atribuciones. La observación de los órganos de estados es más libre e independiente cuando es desde lo ciudadano, que sólo tiene como límite lo que la ley le indica y esto será el derecho del otro. Ahora, con órgano consultivo, los “ciudadanos” que lo integren deberán sujetarse a las facultades que la norma les marque. Ciudadanía acotada.
Twitter: @jrubenalonsog
Fuente: Milenio-Jalisco
29 de julio de 2013
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