El enredo del Derecho de Réplica

Sesión del Senado de la República
El pasado 24 de septiembre se presentó para primera lectura en el Senado de la República el dictamen para expedir la Ley Reglamentaria del Derecho de Réplica, incorporado en la Constitución Política de México desde 2007: "El derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley". Los legisladores se fijaron en 2007 el plazo de un año para diseñar y aprobar la ley reglamentaria, y aún es día que el instrumento para ejercer ese derecho fundamental vea la luz: un derecho negado en los hechos.
El mencionado dictamen modifica el que a su vez aprobó la Cámara de Diputados en diciembre de 2013. Falta aún que se apruebe en segunda lectura en el Senado, se remita a los Diputados, y si estos lo aprueban tal cual, se enviará al Ejecutivo para su sanción y publicación.
El derecho de réplica fue incorporado a la Constitución en el marco de la reforma político-electoral de 2007, como reacción de la crisis en esa materia de 2006, de ahí que en su origen tenga una fuerte dosis político-partidista. Con las reformas posteriores al artículo 6° y 7° de la Constitución, sobre todo este último, el alcance de este derecho se amplió.
El dictamen define este derecho como aquel que tiene toda persona a que sean publicadas o difundidas las aclaraciones respecto de datos o informaciones transmitidas o publicadas por los sujetos obligados, relacionados con hechos que le aludan, que sean inexactos o falsos, cuya divulgación le cause un agravio ya sea político, económico, en su honor, vida privada y/o imagen", y deroga lo establecido como "derecho de rectificación" en la preconstitucional Ley sobre Delitos de Imprenta, así como lo dispuesto en el Reglamento de la (ya extinta) Ley Federal de Radio y Televisión.
El punto de quiebre para hacer efectivo este derecho, que a su vez es una herramienta jurídica para ejercer derechos de audiencia, estriba en cómo hacer operativo y efectivo un derecho en medio de la vorágine informativa de los medios y los intereses económicos de las empresas mediáticas. La propuesta busca conciliar dos posiciones: la autorregulación de los medios (quienes deben atender en primer lugar este derecho ante quien lo reclama) y la vía judicial ante tribunales de la federación, cuando los medios lo nieguen en cualquier forma.

Mientras la enredo continúa, los legisladores mantienen la negación de un derecho fundamental.
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